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jueves, 24 de marzo de 2016

Reconstrucción y dudas sobre la solución al problema de los bienes básicos según John Finnis

Alejandro Guevara Arroyo

1.                       Introducción
El siguiente texto tiene pretensiones muy humildes. En primer lugar, presentar una reconstrucción racional (i.e. esqueleto de los problemas, tesis y argumentos) de una idea fundamental del ius-filósofo australiano contemporáneo John Finnis (1940), considerado habitualmente como uno de los principales responsables del regreso de ius-naturalismo a la arena de la discusión en filosofía del derecho. La reconstrucción se circunscribirá a lo presentado por Finnis en su libro Ley Natural y Derechos Naturales.
En segundo lugar, se presentarán un conjunto de dudas y críticas contra algunos de los presupuestos epistemológicos y consecuencias indeseables que podrían encontrarse en las tesis y problemas asumidos por Finnis. Son posibles caminos para desarrollos críticos posteriores. Tal servirá de excurso conclusivo de esta breve nota.
2.                      Problema (s)
a.                       ¿Cuáles son los individuos que forman parte del conjunto de los bienes básicos del humano?
b.                      La respuesta a este problema conlleva lógicamente la emergencia de otro: ¿Qué justifica una respuesta específica de a.? (o, en su versión escencialista –en el sentido popperiano-: ¿de dónde se obtiene la certidumbre de la respuesta de a.?).
c.                       Por cierto, el interés en este problema no es gratuito. Finnis pretende sustentar mediante la solución de ese problema, la respuesta a una cuestión de la filosofía práctica (i.e. de la axiología) aún más general: ¿cuál es la justificación última de nuestras acciones (y –por cierto- de nuestras legislaciones)? La forma en que asume este problema (i.e. el problema supra a.) se enmarca dentro del absolutismo materialista, según la distinción introducida por Ortiz-Millan (Julio-diciembre, 2009).
3.                      Definiciones y precisiones sobre el término bien básico
Bien básico: bien cuyo valor es evidente, indemostrable y cuya función es ser basamento de todos los razonamientos prácticos concretos.
-  Que no sea demostrable, quiere decir que su validez o aceptabilidad como bien básico no es inferible de otros enunciados, sea mediante inferencia inductivas, abductivas o deductivas. Explícitamente, Finnis remite a Aristóteles y a Tomás de Aquino en su sustentación y ubicación de la idea de indemostrabilidad y (también) de evidencia de los principios básicos, identificados en la razonabilidad práctica con los bienes básicos (2000, 108).
-  Que existan dichos bienes básicos, no se afirma o niega apelando a los determinantes psicológicos o sociológicos que acaecen a los agentes humanos.
-  Los bienes pueden ser objeto de deseo del humano, mas la frecuencia (o falta de ella) del deseo no afecta que un bien específico sea un bien básico (sigue en esto, la clásica posición de Aristóteles y Tomás de Aquino -Finnis, 2000, 109-; claro está, un subjetivista ético discreparía precisamente en esta cuestión fundamental, sin embargo, el pensador australiano no da mayores razones en favor de su posición).
-  Que un x sea un bien básico, comporta que sea adecuado para todo razonamiento práctico. Así, son principios básicas del razonamiento práctico (Finnis, 2000, 91).
-  No porque existan pocos bienes básicos, existen pocas normas específicas de acción (Finnis, 2000, 116; también, Finnis, 2000, 95: “Un principio básico sirve para orientar nuestro razonamiento práctico y puede concretarse […] en un gran número indefinido de premisas y principios prácticos específicos”). Por esto, el constatar que existen una multitud de normas (morales o jurídicas) de acción en diferentes comunidades humanas, en nada afecta la consideración de los individuos que forman parte del conjunto de los bienes básicos. Mediante tal distinción, se disuelve la crítica que podría formularse a partir de las variedades de morales que existen en los grupos humanos.
4.                      La respuesta de Finnis al problema 2a.
Los bienes básicos:
a.                       La vida: Es el impulso hacia la preservación (Finnis, 2000, 117).
b.                      El conocimiento (siguiendo a Tomás de Aquino, ST I-II, q94, a2): considerado en sí mismo, no sólo instrumentalmente (Finnis, 2000, 118).  
c.                       El juego: esto es, actividades que se disfrutan por sí mismas (Finnis, 2000, 119).
d.                      La experiencia estética: sea la contemplativa o actividad, ora de obras humanas o no (Finnis, 2000, 119).
e.                       La sociabilidad (o amistad): la realización de relaciones humanas más allá de su instrumentalización (Finnis, 2000, 119).
f.                                  El razonamiento práctico (i.e. su posibilidad): la posibilidad de hacer que la propia inteligencia se ocupe de cuestiones de la decisión para la acción (Finnis, 2000, 119).
g.                       La religiosidad: Esto es, un contacto trascendente con lo metafísicamente diverso (sea como sea comprendido) (Finnis, 2000, 120).
Por cierto, no existe orden de prelación entre ninguno de dichos bienes.
5.                      La respuesta al problema 2b.
i. Estos bienes básicos pueden ser reconocidos en todas las culturas y personas, según muestran los estudios más avanzados en psicología y antropología (Finnis, 2000, 117). Debe notarse que esta razón es meramente complementaria en la justificación de la respuesta.
ii. Son evidentes en cuanto tales. Para notar que estos son los principios, es suficiente concentrarse en uno mismo para tener la evidencia (intuición) del estatus axiológico de tales bienes/principios (Finnis, 2000, 93: “Tan pronto como uno advierte mediante tan sólo un esfuerzo de reflexión, se hace claro que [tales bienes son] una cosa buena que vale la pena posee por sí misma […]”; Finnis, 2000, 96:  “El bien de [estas cuestiones son] obvi[as]”; Finnis, 2000, 122: “El punto […]  es que el egoísmo, la crueldad y cosas semejantes, simplemente no se comprar con algo evidentemente bueno como el impulso a la conservación se compara con el bien evidente de la vida humana”).
  El que podamos identificarlos mediante evidencia se debe a que están inscritos en nuestro carácter o naturaleza (i.e. no son trascendentes) (Finnis, 2000, 113).
6.                      Comentarios y sugerencias críticas
6.0.1.          Tomemos la teoría sobre la existencia de bienes básicos y que son aquellos que dice Finnis y llamémosle N (por mor de la precisión y la economía terminológica). Ahora, asumamos que tal es una hipótesis, una conjetura, en favor de la cual debe brindarse algún sustento, alguna justificación (no necesariamente una demostración; puede ser, v.g. una vindicación –Feigl-).
6.1.                Así asumida la cuestión, tenemos que la única instancia en favor de N es que Finnis la encuentra evidente y considera que cualquiera estimaría lo mismo. En otras palabras, el criterio para sustentar N o cualquier clase de tesis semejantes, consiste en determinar si resultan o no evidentes. Detengámonos en este punto. En la discusión epistemológica, la alusión a la evidencia es ambigua:
6.1.1.          Puede ser una apelación al “sentido común”, esto es, a una facultad habitual en los humanos y sin especial potencia epistémica para validar ninguna tesis. Empero, en ese caso, sobreviene la cuestión del por qué deberíamos dar valor como conocimiento a aquellas conjeturas aprobadas por nuestro sentido común. Es más, la historia de las ideas científicas apunta a que las ideas sostenidas por ser del sentido común, son simplemente aquellas que se encuentran más arraigadas en nuestra visión dogmatizada del mundo, adversas a la contrastación crítica.
6.1.2.          Puede ser la apelación a una instancia diferente, peculiar: la intuición. Esto es: una “suerte de sabiduría, súbita, penetrante, coercitiva, que se opone al estudio lento y falible del mundo externo por una ciencia que descanse totalmente en los sentidos. […] La intuición […] comienza con la sabiduría de un misterio develado, de una oculta sabiduría que de súbito se torna cierta más allá de toda posibilidad de duda” (Russell, 1980, 17.)
No obstante, la intuición posee al menos una crítica epistemológica (muy conocida): “Es un hecho bien conocido que las intuiciones de diferentes personas entran en conflicto […] ¿qué hacemos entonces? Parecería que ‘aquí termina la discusión y empieza la pelea’” (Hospers, 1976, 177). En otras palabras, la intuición es un criterio subjetivo de sustentación de las hipótesis, por lo que impide la posibilidad de crítica intersubjetiva. Si consideramos (con Popper) que la crítica intersubjetiva es una característica necesaria del conocimiento racional, sucede entonces que la tesis de Finnis se ve excluida de tal clase de actividad epistemológica (Bunge, 2005).
6.2.                Un contra-argumento plausible que un defensor de N podría aducir es el siguiente. Todo lo dicho sobre y contra la evidencia (como criterio) puede ser cierto en el ámbito de la razón teórica. No obstante, en las cuestiones de la razón práctica otras reglas (otra epistemología) entran en cuestión, pues se dedica a temas y problemas radicalmente diversos (incluso a nivel ontológico) de los que se ocupa la razón teórica. Por esto, se reitera, la caracterización y/o críticas contra la apelación a la evidencia para sustentar N son sencillamente impertinentes (algunas frases de Finnis podría interpretarse como sosteniendo tal idea; v.g. al hablar de una “comprensión práctica” mediante la cual captamos los principios de la razón práctica –i.e. los bienes básicos- Finnis, 2000, 91).
6.3.                Tal es un contra argumento complicado e implica una análisis profundo de cuestiones filosóficas fundamentales. En específico, se requiere un análisis del sentido que se le puede atribuir adecuadamente a los términos razón práctica/razón teórica (RP/RT) y si la concepción teórica de Finnis al respecto es sustentable.  
Por ahora, introduciré apenas una precisión crítica liminar. Supongamos tentativamente aceptables dos sentidos laxos (e imprecisos) del binomio RP/RT: la RP se ocupa de las decisiones y las acciones y la RT se ocupa del conocer. Sucede que la afirmación de que N es correcta, es una cuestión de RT, no de RP. Aunque el conjunto de los principios básicos presentados en N sirven para el actuar y el decidir (o justifican ciertas acciones y decisiones) y por esto son parte de la RP, que sea correcto el conjunto de enunciados “Existen bienes básicos con las características f y son el específico conjunto de principios/bienes g” no es una cuestión para la acción y la decisión, sino que es una afirmación teórica, una afirmación sobre un cierto estado de cuestiones de la realidad.
Consecuentemente, la distinción RP/RT no está adecuadamente ubicada y las críticas 6.1.2. sí son pertinentes.
6.4.                Antes de concluir, dirijamos nuestra atención a la idoneidad del problema cuya respuesta es la concepción de Finnis sobre los bienes básicos. Como se señaló supra 2., la respuesta a este problema es a su vez la solución a un problema general de filosofía práctica: el problema de la justificación última de nuestras acciones y decisiones. Finnis asume que el problema 2.a. es en algún sentido equivalente al problema 2.c. o por lo menos una de sus partes necesarias. Como forma de absolutismo materialista sobre la justificación última de lo normativo, pretende ser una respuesta contra el escepticismo o relativismo axiológico (Ortiz-Millan, Julio-diciembre, 2009). En adición, Finnis asume lo que he llamado la forma esencialista del problema 2.b.
Sugeriré una vía de crítica de dicho problema 2.a. específicamente asumido como equivalente o parte importante de 2.c.
Dados 2.a. + 2.b., estos conllevan una búsqueda de una instancia axiológica inconmovible, anclada en características humanas invariantes (sin sorpresa, sólo podemos acceder a estas mediante un proceso de aprehensión evidencialista). Ahora bien, una vez localizada la respuesta estas cuestiones, las únicas formas de cambiar tal solución es (i) señalando que se ha transformado el humano o (ii) negando la total idoneidad de los bienes básicos localizados (quizás mediante una contra-evidencia).
 Así, no tienen lugar ni la posibilidad de cambio de bienes básicos, ni –aún más importante, si cabe- la posibilidad de sustitución del conjunto de bienes básicos mediante crítica racional. En otras palabras, la forma en como Finnis formula el problema (mediante la respuesta del cual solucionamos la cuestión general de la justificación última de la ética –y de la legislación-) lleva al estancamiento axiológico en el tema de bienes básicos y a la obliteración de la discusión y el progreso racional en el asunto de los fundamentos de la razón práctica.
7.            Bibliografía
Bunge, M. (2005). Intuición y razón. Buenos Aires: Debolsillo.
Finnis, J. (2000). Ley Natural y Derechos Naturales (t. C. Orrego Sánchez y R. Madrid Ramírez). Buenos Aires: Abeledo Perrot.
Hospers, J. (1976). Introducción al análisis filosófico (t. J. C. Armero San José). Madrid: Alianza.
Ortiz-Millan, G. (Julio-diciembre, 2009). Las variedades de fundacionismo y antifundacionismo ético: un mapa. Isegoría, N. 41.  
Russell, B. (1980).  Misticismo y lógica (traducción José Rovira Armengos). Buenos Aires: Paidós.