Alejandro Guevara Arroyo
1.
Introducción
Sabemos que la lógica formal es el ámbito de estudio
normativo uno de cuyos focos está en la abstracción y refinamiento de las
reglas formales de la correcta inferencia. Estas, en algún grado, están ya
vigentes en diversos contextos de razonamiento o argumentación. A su vez, en el
estudio lógico, el desempeño de estas reglas es analizado considerando los argumentos
en sus facetas estructurales, abstrayéndoles así buena parte de su contenido.
Eso es: formalizándolos (y simbolizándolos). Tal clase de instrumentos y reglas
es lo que se encuentra típicamente en las secciones de los manuales de lógica
dedicadas a la lógica deductiva, ora de primer orden, ora de segundo orden,
modal, deóntica, etc.
Existe un ámbito
alternativo de estudio sobre la forma y corrección de los argumentos. Se trata
de lo que difusamente se suele denominar como lógica informal (o material), a la que pertenece el estudio de
estructuras de argumentos no formalizados, en donde se complementan las
consideraciones sobre los defectos estructurales de los argumentos con la
consideración de errores o consecuencias pragmáticamente implausibles que
presuponen o implican. En ocasión también se habla utiliza esa voz para el
estudio informal de maneras no deductivas de razonamiento y, ante todo, de los
llamados argumentos abductivos.
En los siguientes
párrafos me interesa manejarme dentro de este segundo ámbito y analizar una
clase de argumento defectuoso que se me ha presentado más de una vez en la vida
diaria, incluso recientemente; un paralogismo (o falacia informal), podríamos
decir. Lo he notado, en especial, en contextos de deliberación sobre cuestiones
que genéricamente podemos denominar de ‘razón pública’, o sea, discusiones
sobre asuntos prácticos que pretenden ser relevante para todas y todos en tanto
comunidad. Le he denominado paralogismo informal de falsa censura o de
confusión pragmática entre crítica y coerción.
2.
Un diálogo imaginario en una reunión ciudadana para
discutir un asunto de interés público
Loreano: Lo que sucede en este
asunto es que el funcionario Pasquino es un corrupto. Así lo ha denunciado la
periodista Behemencia. Mi posición es que deberíamos manifestarnos en esos
términos contra Pasquino.
Amancia: Es un punto a
considerar. Sin embargo, debo señalar que la acusación de Behemencia no ha sido
confirmada por ninguna autoridad, y las pocas pruebas que ha ofrecido presentan
ciertas inconsistencias. Además, el cuerpo de investigadores de Molestos con
las mentiras ha señalado que la situación denunciada no encuadra en la
categoría de corrupción y han dado pruebas que matizan lo dicho por Behemencia.
A la luz de todo ello, parece que todavía no tenemos bases suficientes para
sostener una conclusión tan contundente sobre Pasquino. Lo correcto sería
investigar más y esperar antes de tomar acciones precipitadas. Loreano y el
grupo actuarían de manera precipitada si procedieran de otro modo.
Rogelio: ¡Ah! Ya veo lo que
pretende Amancia en todo esto. Lo que busca es censurarnos a quienes queremos
sostener una crítica a Pasquino: parece que en este grupo solo se puede tener
una posición, y si uno no está de acuerdo, buscan acallarlo.
Amancia: Para ponderar la
posición que sostiene Rogelio, hemos de abordar otro tipo de discusión, de otro
nivel, por así decirlo. Rogelio ya no discute propiamente el tema que nos ocupaba,
sobre Pasquino, sino que alude a la actividad que estamos realizando. Según él,
ciertas formas de dicha actividad serían indeseables. Acá caería lo que yo he
dicho. ¿Te comprendo bien?
Rogelio: ¡Exactamente! Usted
busca que no hablemos, que no sostengamos nuestras posiciones. ¡Nos busca
censurar!
Amancia: Bien. Examinemos esta
posición con algún detenimiento. Para ello, lo primero es clarificar en qué
tipo de actividad estamos participando. Creo que podemos denominar
genéricamente a dicha actividad argumentación. Hay muchos otros tipos de
prácticas sociales: saltar en un concierto, realizar compras en una feria,
llorar en un funeral. También hay diversas clases de argumentación, aunque lo
que voy a sostener en breve entiendo que les es común a todas.
Por supuesto, las diversas
clases de actividades no basan sus diferencias físicas propiamente, sino que
dependen de nuestra capacidad, como participantes potenciales, de reconocer qué
acciones y reacciones son adecuadas en cada contexto práctico.
Nótese que he utilizado
la expresión ‘adecuadas’: se trata de un concepto normativo. Todas las
prácticas humanas están constituidas y definidas por cierta normatividad, que
es asumida por quienes las realizan. Esta normatividad es la que nos habilita
para distinguir qué es adecuado y qué incorrecto en cada contexto. A veces esta
normatividad es explícita (por ejemplo, cuando se indican códigos de vestimenta
para un evento), pero, este o no formulada, siempre existe un cierto nivel
implícito en toda práctica. Naturalmente, no se trata de leyes naturales:
podemos explicitar y modificar las reglas que definen nuestras prácticas, y a
veces lo hacemos.
Pues bien, entiendo que
tu acusación consiste en sostener que he transgredido una regla de nuestra
actividad de argumentación y deliberación: que he intentado forzar
impropiamente a otra persona a abandonar lo que cree.
Rogelio: Un discurso bastante
extenso, pero efectivamente algo así supongo.
Amancia: En ese caso, debés
notar que tu posición presupone una cierta idea sobre qué es la actividad de
discutir y argumentar, en la que estamos participando. Ahí se entiende que
quienes participan buscan sostener sus posiciones sobre ciertos asuntos de
manera apropiada. Pero, ¿qué podría
significar esta expresión?
Rogelio: Quiere decir,
obviamente, que cada quien debe sostener sus posiciones razonadamente,
fundándolas en razones.
Amancia: ¿En cualesquiera
razones?
Rogelio: Bueno, las mejores que
se le ocurran. Razones pertinentes al tema, supongo, y fundadas en conocimiento
sólidamente probado.
Amancia: No avancemos tanto. Quedémonos con el primer punto.
Pareciera que la práctica que estamos realizando supone que lo correcto ahí es que cada quien debe sostener sus
posiciones fundándolas en razones que considere adecuadas o correctas.
Rogelio: Así es.
Amancia: Pues bien, justamente
por ello la crítica a las posiciones sostenidas en una argumentación es una
parte esencial de dicha clase de actividad. Criticar significa buscar defectos
en los argumentos y posiciones presentadas. Según vos mismo has aceptado, las
posiciones deben fundarse en buenas razones, lo que implica que no deberían ser
defectuosas. De este modo, la crítica es constitutiva de la argumentación y la
deliberación, pues está dirigida a mostrar razones defectuosas. Si excluyéramos
las críticas de la deliberación, desaparecería una de sus partes esenciales. Justamente,
lo que hice en mi intercambio con Loreano fue criticar. No tendría sentido
decir que con mis actos intenté forzar impropiamente
a otros a sostener algo.
Rogelio: Me está
malinterpretando. Yo no niego que se pueda criticar: critique lo que quiera.
Pero usted hace algo más. Nos dice qué debemos sostener y creer. Eso de buscar
obligarnos a adoptar ciertas posturas es, precisamente, parte de su intento de
censura (que, por supuesto, rechazo).
Amancia: Ahora creo que
comprendo mejor. Es cierto que al cerrar mi argumento sobre Pasquino propuse un
punto de vista sobre cómo deberíamos actuar (dado que estamos ante un asunto
práctico). En otras palabras, propuse
una posición normativa sobre lo que debe hacerse. Sin embargo, tu objeción acá tampoco
me parece viable, por lo siguiente.
En primer lugar, debe
notarse que un acto de censura como la que a vos te preocupa supone la
existencia de una orden o norma obligatoria emitida por quien pretende censurar.
Sin embargo, en el tipo de actividad en el que participamos, yo no tengo
ninguna autoridad especial: no puedo imponer órdenes ni establecer normas
obligatorias. El enunciado normativo que formulé no busca imponerse como
mandato, sino que se sostiene únicamente por las razones que ofrecí. Por así
decirlo, su única “autoridad” proviene de la fuerza de las razones, no de un
poder de quien la expresa.
Ahora bien, emitir
enunciados normativos de este tipo también parece ser intrínseco a la
argumentación práctica. Imaginemos, para ilustrarlo, que instauráramos una
regla alternativa según la cual, en el contexto de una discusión pública y
práctica, nadie pudiera proponer enunciados normativos sobre cómo debemos
comportarnos o sobre lo que debemos creer, aun cuando estén fundados en buenas
razones. Cada quien expondría razones sobre un asunto y luego debería guardar
silencio para “no censurar” a sus interlocutores. ¡Qué práctica tan extraña y
poco parsimoniosa de argumentación sería esa! Es dudoso incluso que estaríamos
dispuestos a calificarla como tal.
Es cierto que, en
intercambios sobre asuntos de la razón pública (especialmente si son
emocionalmente sensibles), debemos manejarnos con prudencia: no contribuye de
ninguna forma a esa práctica el maltratar a las personas mediante expresiones
hostiles o insultantes. Pero sería pragmáticamente implausible extender esa
necesaria cortesía hasta prohibir la propia actividad de discutir, criticar y
proponer posiciones normativas contrapuestas y basadas en razones. Por todo
ello, también en este punto estás equivocado.
3.
Conclusión
Como ya adelanté, podríamos llamar a este un paralogismo
informal de falsa censura o de confusión pragmática entre crítica y coerción.
Eso es, efectivamente, lo que en casos como estos y otros análogos sucede. En
síntesis, el error estriba en una confusión radical a nivel del tipo de
práctica normativa en la que se está participando y lo que esta presupone., al
no distinguir entre críticas (que son parte constitutiva de la argumentación y,
por ende, de la deliberación sobre asuntos públicos) y el ejercicio de la
coerción (que es un tipo de actividad autoritativa y de la cual la ‘censura’
sería una especie).
En síntesis, debe
entenderse como un presupuesto pragmático-normativo de la práctica misma de
argumentar que:
(a) discutir un punto no es censurar al
interlocutor,
(b) criticar una posición no necesariamente
implica maltratar a quien la expresa,
(c) y sostener una postura no es imponerla.
En cambio, homologar
estas diversas prácticas lleva a una contradicción pragmática y, de ahí, el
paralogismo.
La propia práctica de
la deliberación y argumentación es intrínseca al ideal democrático.
Recuérdese que, para citar el
prólogo de la famosísima Introducción a
la lógica de Copi/Cohen, “las instituciones democráticas requieren que los
ciudadanos piensen por sí mismos, que
discutan libremente los problemas y que tomen decisiones con base en la
deliberación y la evaluación de evidencias”. Así, preservarnos de confusiones
como las del paralogismo presentado, resulta no sólo relevante para toda
persona que valore la racionalidad, sino también para quien estima el ideal
mismo de Democracia.