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viernes, 21 de septiembre de 2018

Nota sobre Acerca de la Noción de Causa de Bertrand Russell

Alejandro Guevara Arroyo



(A)      Bertrand Arthur William Russell, quien vivió entre los años de 1872 y 1970, analizó tres definiciones de términos causales aparecidas en el Dictionary de Baldwin. Pretende comenzar así con la noción ingenua de causalidad que los filósofos comúnmente suponen o con los conceptos que compartidos por diversos filosofemas. De forma que tales definiciones son lexicográficas, pero circunscritas al ámbito de uso de los filósofos (sobre definiciones lexicográficas y lo que pretenden: Camacho, 2002). Luego de esto, el pensador inglés realiza un análisis con vistas en determinar si lo afirmado en las definiciones en cuestión es correcto.
(B)      Las definiciones relevantes son las siguientes:
1. Causalidad: def. La necesaria conexión de los acontecimientos en la serie temporal… (Russell, 1973, 1015).
Para comprender esta primera definición, es imprescindible incorporar a su vez una definición de la palabra ‘necesario’. Según el mismo diccionario, se puede definir ‘necesario’ de la siguiente forma:
Es necesario no solo lo que es verdadero, sino lo que sería verdadero en todas las circunstancias. Por tanto, esta concepción implica algo más que la bruta compulsión; existe una ley general bajo la cual se verifica el hecho (Russell, 1973, 1015).
2. Causa (noción de): def. Todo lo que puede incluirse en el pensamiento o en la percepción de un proceso como teniendo lugar a consecuencia de otro proceso…
3. Causa y efecto: def. […] Son términos correlativos que denotan dos cualesquiera y discernibles cosas, fases o aspectos de la realidad, que se relacionan entre sí de tal modo que cuando la primera cesa de existir la segunda nace a la existencia inmediatamente después, y cando la segunda nace a la existencia la primera ha cesado de existir inmediatamente antes (Russell, 1973, 1015).
(C) Russell procede luego a realizar el análisis.
c.1. La noción 1. de causalidad está íntimamente vinculada a la de necesidad.
c.1.1. Princípiese el análisis en la definición de este término.
c.1.1.1. Lo primero que hay que notar es que una proposición es verdadera o falsa sin importar la circunstancia en que aparezca. De forma tal que la mencionada frase “Es necesario no solo lo que es verdadero, sino lo que sería verdadero en todas las circunstancias”, no puede aludir propiamente a una proposición, sino sólo a una función proposicional[1]. En otras palabras, el algo que es “verdadero en todas las circunstancias” no es una proposición (sujeto normal del predicado verdad) sino una expresión de otra clase, llamada –reitero- función proposicional. Las circunstancias mencionadas son los valores que podría asumir la variable. Según esto, la definición de necesario podría ser también: “Necesario es un predicado de una función proposicional, que quiere decir que esta es verdadera para todos los valores posibles de su argumento o argumentos” (Russell, 1973, 1016).
c.1.1.2. Empero, la definición original decía “verdadero y verdadero en todas las circunstancias”. Ambos predicados son incompatibles entre sí, pues uno es propio de las proposiciones y el otro se aplicaría a las funciones proposicionales. No pueden ser simultáneamente predicados del mismo sujeto. Podríamos intentar corregir el problema, afirmando que, lo que se quiere decir es que
<< “Una proposición es necesaria cuando es un valor de una función proposicional que es verdadera en todas las circunstancias, es decir, para todos los valores de su argumento o argumentos”. Pero si adoptamos esta definición, la misma proposición será necesaria o contingente según que elijamos uno u otro de sus términos como el argumento para nuestra función proposicional. Por ejemplo, “si Sócrates es un hombre, Sócrates es mortal”, es necesaria si Sócrates se elige como el argumento, pero no si se elige hombre o mortal. >> (Russell, 1973, 1016).

c.1.1.3. Se puede corregir esta última dificultad, especificando en la definición el elemento constitutivo (o valor) que ha de considerarse como argumento (o variable) de la función proposicional. Resultando lo siguiente: “Una proposición es necesaria con respecto a un elemento constitutivo dado si permanece siendo verdadera cuando ese elemento constitutivo se altera (i.e. el argumento) de una forma que es compatible con la proposición que queda siendo aún así significante”.
c.1.2. Aplicando este concepto de necesario a la definición de causa 1., podemos armar el siguiente enunciado como ejemplo de un enunciado causal: “si el acontecimiento e1 sucede en el tiempo t1, seguido por el acontecimiento e2” (Russell considera evidente que para los enunciados causales, el argumento debe ser el tiempo). En este caso, la proposición permanece verdadera cualesquiera valores se asigne a t1, o sea, es necesaria con respecto a ese argumento (“verdadera en todas las circunstancias”). La causalidad puede enunciarse así: “Dado cualquier acontecimiento e1, hay un acontecimiento e2 que sucede más tarde que e1 y sólo si y luego de que este último acaezca”.
Puede precisarse el periodo de tiempo, especificando lo siguiente: Dado cualquier acontecimiento e1, hay un acontecimiento e2 y un intervalo de tiempo t, tal que acaece e1 y acaece luego e2 una vez a trascurrido el intervalo t. Este esquema de ley es preciso, aunque obviamente podría ser falso.
c.2. Veamos ahora la definición 2. Esta es del todo inadecuada. Basta con notar que no se refiere al proceso causal, sino a la percepción o pensamiento del proceso[2].
2.3. Para Russell, la 3. es la más precisa. Empero, arrastra supuestos falsos o insostenibles.
El primero es que las dos fases o estados de cosas (i.e. causa y efecto), suceden durante instantes independientes. Pero la serie temporal es compacta, de forma que en realidad dos instantes nunca son contiguos.
Sin embargo, aun suponiendo que lo fueran, si la causa y/o el efecto son procesos de la realidad, entonces tendremos que conceder que sólo la última parte de la causa y la primera del efecto son contiguas. Así, del lado de la causa, es irrelevante todo lo previo a la parte que no es contigua con el efecto (y una consideración semejante se aplica a este último también). Debemos entonces reducir el tiempo que dura las secciones que entran en contigüidad entre sí. Pero no podremos detener esta reducción, pues siempre encontraremos una división que hacer a la porción restante. Id est ad infinitum… De forma que la sección del proceso realmente contiguo no se alcanza nunca.
Si, en cambio, suponemos que la causa y el efecto no son procesos, sino que son estáticos, entonces acontece otro problema: ¿por qué, tras su estado estático, la causa explota en el efecto? (por cierto, tampoco se encontrará algo semejante en la naturaleza –Russell, 1973, 1017-).
De forma que la causa y el efecto no pueden ser contiguos. Deben tener un intervalo de tiempo t entre ambos. Por ende, parece ser que el abordaje presentado en la primera definición apunta en la dirección correcta.
(D)     Una opción podría ser, intuyo, que concediéramos una característica ontológica más pesada o cargada a la causalidad (me refiero, claro está, a la relación), de forma que fuera una especie del mobiliario de la realidad: específicamente, una clase de relación productiva in re. Esta sugerencia, claramente no muy acorde con el sensualismo empirista, abre, sin embargo, otro amplio conjunto de dificultades. Casi sobra decir que no es este el lugar para presentar con precisión una opción tal, ni abordar las dificultades que de ella podrían emerger, pues la finalidad de esta pequeña reconstrucción ha quedado ya satisfecha.
(E)     Bibliografía citada:

-            Camacho, L. (2002). Introducción a la lógica. Cartago: Libro Universitario Regional.
-            Russell, B. (1973). Ciencia y filosofía 1897-1919 (trad. J. Barrio Gutiérrez, C. Cardenal, A. Froufe, J. Fuentes, J. García-Puente, M. Ortega, J. Porcel & V. Sánchez de Zavala). Madrid: Aguilar.  




[1] Russell llama función proposicional a un enunciado que contiene una variable o elemento constitutivo indeterminado. Se transforma en proposición una vez que se asigne el valor determinado a la variable. Se denomina argumento a la variable de la función.

[2] Russell apunta, además, que es circular. No obstante, no comprendo su argumentación sobre este punto.

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